Todos los establecimientos que opten por alguna certificación estatal deberán acreditar el cumplimiento de la normativa vigente que se detalla a continuación. Esta normativa no solo establece los requisitos exigibles, sino que también regula el procedimiento administrativo para la obtención del Reconocimiento Oficial (RO) o la Autorización de Funcionamiento (AF), incluyendo los plazos asociados, las eventuales sanciones por incumplimiento y los mecanismos de impugnación, tales como la interposición de recursos de reclamación ante el rechazo de solicitudes. En este marco, la revisión de los antecedentes jurídicos tiene por finalidad verificar que los sostenedores y representantes legales cumplen con las condiciones necesarias para la adecuada dirección y representación del establecimiento educacional, así como constatar el cumplimiento de las exigencias relativas a la tenencia jurídica del inmueble.
| Norma | Descripción |
| Decreto N° 315 (2010) – MINEDUC | Reglamenta Requisitos de adquisición, mantención y pérdida del Reconocimiento Oficial del Estado a los establecimientos educacionales de Educación Parvularia, Básica y Media. |
| Ley N° 20.832 (2015) – MINEDUC | Crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia. |
| Decreto N° 364 (2015) – MINEDUC | Aprueba reglamento de las Corporaciones Educacionales y Entidades Individuales de educación y su registro. |
| Decreto N° 128 (2017)- MINEDUC | Reglamenta los requisitos de adquisición, mantención y pérdida de la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia. |